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Todas y todos debemos actualizar nuestro certificado de Bienes y Rentas y Conflictos de intereses en el SIDEAP. Recuerda que el plazo es hasta el 31 de julio.
Servidoras y servidores públicos y colaboradoras debemos cumplir con esta responsabilidad.
El miércoles 26 de junio tendremos una charla virtual para que aclares dudas.
¿Cuándo debo hacer la publicación periódica de Información que establece la Ley 2013 de 2019?
La publicación periódica para registrar la declaración de bienes y rentas, del registro de conflicto de interés y la declaración de impuesto sobre la renta y complementarios se debe realizar anualmente entre el 1 de enero y 31 de diciembre de la respectiva vigencia.
Si bien no se estableció una fecha perentoria durante el año para efectuar la declaración de bienes y rentas, el registro de conflicto de interés y la declaración de impuesto sobre la renta y complementarios, esta es un requisito para posesionarse, ejercer y retirarse del cargo.
Es necesario tener en cuenta, adicionalmente, que de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 2013 de 2019, todo cambio que se genere en la información registrada deberá actualizarse en el aplicativo dispuesto para tal fin, dentro de los dos meses siguientes a cuando se produzca.
La declaración de bienes y rentas y el registro de conflicto de intereses debe hacerse cada año, de acuerdo con la Ley.
La actualización es un requisito indispensable para posesionarse, ejercer y retirarse del cargo. A quienes no aplica el ingreso y retiro del cargo, será requisito antes, durante y al término del ejercicio de la función pública, prestación de servicios públicos o administración de bienes o recursos públicos.
No olvides realizar tu declaración en los tiempos establecidos para evitar sanciones disciplinarias.



